DE LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES (Primera de dos partes)

PESOS Y CONTRAPESOS
Causa de muchos de los problemas que enfrentamos es la identificación de necesidades y/o intereses con derechos, de tal manera que, si la tarea del gobierno es garantizar derechos, entonces debe satisfacer necesidades (dado que estas se consideran derechos) y defender intereses (dado que estos también se consideran derechos). Lo estamos viendo en el caso de los migrantes.
¿Tienen los migrantes derechos? Sí, el primer de los cuales, derivado del derecho a la libertad, es el derecho al libre tránsito, no solo intranacional (dentro de un país), sino internacional (entre países), libertad de tránsito internacional que se prohíbe (no se aceptan inmigrantes) o condiciona (sí se aceptan siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos: pasaportes, visas, permisos de residencia, permisos de trabajo, etc.), prohibición y condicionantes que, en el caso de la migración intranacional, serían inaceptables, no siéndolo en el caso de la internacional, como si entre la una y la otra hubiera alguna diferencia esencial que justificara el trato diferenciado.
El gobierno de un país que reconociera plenamente, definiera puntalmente y garantizara jurídicamente el derecho a la libertad de tránsito, que es un derecho de la persona, al margen de su nacionalidad, no distinguiría entre migración intranacional e internacional, y permitiría que todo extranjero que quisiera inmigrar a su país lo pudiera hacer libremente, sin necesidad de cumplir con requisitos migratorios, algo que, tratándose de la migración internacional, no sucede.
El derecho del migrante es el derecho a migrar libremente, el derecho a moverse entre distintos países de la misma manera que se mueve entre los estados de su país. Sin embargo, erróneamente, hoy se identifican necesidades e intereses de los migrantes con derechos de los migrantes, lo cual, entre otras cosas, genera incentivos perversos.
Un buen ejemplo de lo anterior son las necesidades que, como seres humanos, tienen los migrantes (alojamiento, alimentación, atención médica, etc.), y el interés que tienen de satisfacerlas (de que, en calidad de migrantes, se les provea alojamiento, alimentación, atención médica, etc.), provisión a la cual (dado que esas necesidades se han identificado como derechos, y dado que la tarea del gobierno es garantizarlos), se ve obligado el gobierno, lo cual genera riesgos morales, que surgen cuando una persona (el migrante) no es responsable de la satisfacción de sus necesidades (alojamiento, alimentación, atención médica, etc.).
¿Cuál es la consecuencia de este riesgo moral, producto del subsidio otorgado a los inmigrantes? Más migración de la que los mercados laborales son capaces de absorber, con todos los problemas que ello suscita. Precisamente lo que estamos viendo.
Continuará.
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