DEUDA PÚBLICA, LUZ ROJA (Segunda de tres partes)

PESOS Y CONTRAPESOS

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Arturo Damm Arnal

De las cuatro posibles fuentes de financiamiento del gasto gubernamental –los impuestos, la deuda, la producción de dinero y la venta de activos– deben ser los impuestos y la deuda las fuentes ordinarias de financiamiento, la producción de dinero debe estar prohibida (tal y como afortunadamente lo está en México), y la venta de activos (misma que supone que el gobierno tiene activos y que los puede vender), por su propia naturaleza (cada activo puede venderse una sola vez), es una fuente extraordinaria de financiamiento del gasto del gobierno.
Los impuestos y la deuda deben ser las fuentes ordinarias del financiamiento del gasto gubernamental, pero cada una de ellas debe cumplir una condición irrenunciable. Impuestos: deben ser indirectos, es decir, a la compra de bienes y servicios, no directos, no a la generación de ingreso. Deuda: puede contraerse si, y solo si, los recursos así obtenidos se invierten productivamente, de tal manera que se usen para la producción de bienes y servicios, por los cuales los consumidores están dispuestos a pagar un precio, lo cual le permite al gobierno generar ingresos con los cuales pagar lo que debe.
Con relación a los impuestos, en la Constitución (Art. 31) se dice que estos deberán cobrarse “de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, ¡y nada más! Nada referente a los impuestos indirectos, a los impuestos a la compra de bienes y servicios, a los impuestos llamados “al consumo”.
En lo que a la deuda se refiere en la Constitución (Art. 73) leemos que “ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos…”, lo cual es correcto y nos lleva a preguntar si la deuda pública en general, y la del Gobierno Federal en particular, cumple con este requisito constitucional. Ojo, ¡constitucional! Si así fuera dicha deuda no significaría, ni un problema, ni un motivo de preocupación. El gobierno, ¿invierte productivamente sus pasivos? El gobierno, ¿cumple, en materia de deuda, con la Constitución?
Continuará.
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Twitter: @ArturoDammArnal