ESTADO DE CHUECO

PESOS Y CONTRAPESOS
El gobierno mexicano cuenta con las facultades legales para, en materia de economía, meterse hasta la cocina, lo cual viola los derechos de los agentes económicos 1) a la libertad individual para producir, ofrecer y vender, por un lado, y para demandar, comprar y consumir, por el otro, y 2) a la propiedad privada sobre los medios de producción necesarios para poder producir, ofrecer y vender, y sobre los ingresos necesarios para poder demandar, comprar y consumir.
En México los derechos de los agentes económicos no están, ni plenamente reconocidos, ni puntualmente definidos, ni jurídicamente garantizados, lo cual quiere decir que no hay Estado de Derecho sino de chueco, lo cual limita las posibilidades de progreso económico, definido como la capacidad para producir más (dimensión cuantitativa) y mejores (dimensión cualitativa) bienes y servicios para un mayor número de gente (dimensión social). Pongo el ejemplo del comercio internacional, del intercambio comercial que realizan personas de distinta nacionalidad, en nuestro caso mexicanos con extranjeros.




¿Considera correcto que el gobierno le prohíba comprar lo que le dé la gana (producto nacional o extranjero), a quien le dé la gana (productor nacional o extranjero), en donde le dé la gana (en el país o en el extranjero)? Ninguna de estas actividades viola derechos de nadie, razón por la cual no deben ni prohibirse ni castigarse. Sin embargo, pueden prohibirse y castigarse.
Leemos, en el artículo 131 de la Constitución, que “el Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país”, lo cual amenaza la libertad individual para comprar lo que queramos (producto nacional o extranjero), a quien queramos (productor nacional o extranjero), en donde queramos (en el país o en el extranjero), libertad de comercio que debe estar plenamente reconocida, puntualmente definida y jurídicamente garantizada.




Lo establecido en el artículo 131 constitucional es una muestra de que el gobierno puede meterse hasta la cocina, limitando o prohibiendo lo que no debe limitar o prohibir, en este caso los intercambios comerciales de mexicanos con extranjeros.
El marco jurídico de la economía mexicana, del cual el articulo 131 constitucional es solo una muestra, corresponde más al Estado de chueco que al de Derecho.
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