SALARIO MINIMO, EL PRIMER ERROR (Cuarta de cinco partes)

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Arturo Damm Arnal

PESOS Y CONTRAPESOS
Los 73.04 pesos del salario mínimo diario vigente no alcanzan para que un padre de familia satisfaga sus necesidades normales en el orden material, social y cultural, tal y como se establece en el artículo 123 constitucional, razón por la cual Miguel Mancera ha iniciado una campaña a favor de su aumento, misma que se puede consultar en el siguiente documento: Política de recuperación del salario mínimo en México y en el D.F., propuesta para un acuerdo, y que supone elevar año tras año el salario mínimo hasta que este alcance, en 2018, 171.30 pesos diarios, que no alcanzarían para lograr el objetivo señalado en la Constitución.
En febrero pasado, para comprar la canasta básica alimentaria más no alimentaria (que determina la línea de BIENESTAR), el salario mínimo de un padre de familia con tres dependientes económicos debería haber sido de 356.35 pesos diarios. Y para comprar la canasta básica alimentaria (que determina la línea de bienestar MÍNIMO) debería haber sido de 185.30 pesos diarios. ¿Cuál tendría que ser el salario mínimo en 2018 para que se cumpla lo establecido en el artículo 123 constitucional, para lo cual hay que considerar el precio de la canasta básica alimentaria más no alimentaria? La propuesta de Mancera se queda corta, ¡muy corta!
Más allá del hecho de que la propuesta de Mancera se queda corta, hay que tener en cuenta que intentar hacer realidad lo establecido en el 123 constitucional con relación al salario mínimo –remunerar al trabajador según sus necesidades– resultaría injusto y anticonstitucional. Supongamos dos trabajadores, realizando el mismo trabajo, uno sin familia y otro con tres dependientes económicos y por lo tanto con más necesidades. Al segundo habría que pagarle más que al primero, lo cual resultaría injusto y, además, anticonstitucional, ya que, según el mismo artículo 123, “para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad” y yo agrego “necesidades”.
Lo establecido en el artículo 123 constitucional en torno al salario mínimo es un enorme despropósito.
Continuará.
E-mail: arturodamm@prodigy.net.mx
Twitter: @ArturoDammArnal