SALARIO MINIMO, EL PRIMER ERROR (Segunda de cinco partes)

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Arturo Damm Arnal

PESOS Y CONTRAPESOS
El artículo 123 de la Constitución es my claro: “Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”, algo que, con los 73.04 pesos del salario mínimo diario vigente, no se logra.
Considerando solamente la canasta básica alimentaria (que determina la línea de bienestar MÍNIMO, que no incluye todas las necesidades del ámbito material, y que excluye todas las de los órdenes social y cultural), el salario mínimo tendría que ser, para un padre de familia con tres dependientes económicos, de 185.30 pesos diarios, 153.7 por ciento mayor, con lo cual contaría con un ingreso suficiente para comprar, ¡únicamente!, la canasta básica alimentaria, que determina la línea de bienestar MÍNIMO, lográndose un solo objetivo: no morirse de hambre.
Si de la canasta básica alimentaria (que determina la línea de bienestar MÍNIMO) pasamos a la canasta básica alimentaria más no alimentaria (que determina la línea de BIENESTAR), el salario mínimo, para un padre de familia con tres dependientes económicos, tendría que haber sido, en febrero pasado, de 356.35 pesos diarios, 387.9 por ciento mayor del que fue (73.04 pesos). El precio de la canasta básica alimentaria más no alimentaria, para una familia de cuatro personas, fue de 10,868.40 pesos mensuales, cantidad igual al ingreso que se necesitó para comprarla, ingreso que fue igual al salario mínimo que debió percibir un padre de familia con tres dependientes económicos, salario mínimo que debió haber sido, en el pasado mes de febrero, de 356.35 pesos diarios.
Vuelvo a la pregunta: ¿cómo es posible que el salario mínimo esté tan rezagado en relación al objetivo que, constitucionalmente, debe conseguirse: que el mismo alcance para la satisfacción de las necesidades normales de un jefe de familia en los órdenes material, social y cultural, aceptando que los satisfactores correspondientes están incluidos en la canasta básica alimentaria más no alimentaria, que determina la línea de BIENESTAR?
Continuará.
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